Con fecha 7 de diciembre
de 2012, el Ministerio de Justicia ha hecho público un nuevo borrador
de anteproyecto de Modificación de la Ley de Asistencia Jurídica
Gratuita.
Del documento destacan, como novedades, sobre los documentos anteriormente elaborados por el Ministerio de Justicia:
a) Se modifica, para ampliar, el límite de
ingresos económicos para poder obtener el reconocimiento del derecho a
la asistencia jurídica gratuita, introduciendo un
cierto escalado, según el número de personas que componen la unidad
familiar del solicitante, al tiempo que se reconoce a determinados
colectivos el derecho a la justicia gratuita, con independencia
de su situación económica (víctimas de delitos de violencia de género,
terrorismo, trata de seres humanos, menores de edad y discapacitados
psíquicos cuando sean víctimas de abuso o
maltrato) (arts. 2 y 3 del anteproyecto)
b) Se reconoce la exención total para los
beneficiarios de justicia gratuita en el abono de tasas y depósitos para
recurrir (art. 6 del anteproyecto).
c) El derecho a la asistencia jurídica
gratuita se mantiene para la interposición de recursos contra las
resoluciones que ponen fin al procedimiento, si bien el
ciudadano tendrá que ratificar su voluntad de recurrir y acreditar que
las condiciones económicas para ser beneficiario del derecho a la
asistencia jurídica gratuita se mantienen (art. 7 del
anteproyecto ).
d) Pese a que en anteriores redacciones el
Ministerio de Justicia había reconocido en la exposición de motivos, el
derecho de los abogados a cobrar siempre sus
actuaciones, cuando éstas se produzcan antes de la existencia de la
Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, el actual texto no dice nada
al respecto ni tampoco modifica el redactado del actual art.
30 de la Ley (art 31 del anteproyecto), según la aplicación de los
fondos públicos lo es cuando hay reconocimiento expreso del derecho a la
asistencia jurídica gratuita.
e) Cuando se deniega la justicia gratuita o
cuando el ciudadano designa posteriormente abogado de libre elección,
se hace remisión expresa al procedimiento de jura de
cuentas de los arts. 34 y 35 de la L.E.C., para el cobro de los
honorarios causados en la defensa (arts. 18 y 30 del anteproyecto )
f) Se contempla que el pago de las costas a
favor de la parte con derecho a justicia gratuita se entregará
directamente al profesional que ha actuado de oficio,
ampliando, por otra parte, el período temporal en que se puede llevar a
cabo la revisión de la situación económica del solicitante por mejora de
ésta (art. 37 del anteproyecto)
g) Será el Ministerio de Justicia quien
establecerá los módulos por actuaciones de los profesionales en materia
de justicia gratuita (art. 44 del
anteproyecto)
h) Se procede a la creación de un Comité
de Consultas (art. 9 del anteproyecto) que emitirá informes vinculantes
en relación a los criterios de aplicación de la
Ley.
Los módulos de retribución de
actuaciones seran fijados por el Ministerio de Justicia, y en la
actualidad los módulos de retribución fijados por algunas Comunidades
Autónomas ya son superiores a los fijados por el Ministerio de Justicia
para las Comunidades Autónomas que no han asumido competencias en la
materia.
El borrador lo teneis colgado y lo podeis descargar en la página web de la confederación en este enlace.
abogadosdelturnodeoficio.es/estudios/ley-asistencia-jurídica-gratuita/
De
vuelta a la carga. Los abogados del turno de oficio retomaron ayer sus
protestas para reclamar a la Junta de Andalucía que haga frente a la
deuda que mantiene con ellos, y que supera ya el millón de euros. El
montante alude a los abonos correspondientes a parte del segundo
trimestre de 2011, todo el tercero y todo el cuarto, además de lo que va
del presente año.
Según
apuntó el portavoz de los letrados que acudieron a la protesta,
Alfredo Jesús Povedano, «queremos denunciar la situación de completo
abandono, precariedad y olvido por parte de la Administración pública
andaluza hacia los abogados de oficio; a la absoluta falta de medios
materiales y humanos para dar satisfacción a las exigencias que requiere
la prestación de este servicio público, más aún si cabe en la actual
situación de crisis económica, en la que se ha producido un aumento
exponencial de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita, a la que
se une el endémico mal de la falta de pago por parte de la Consejería
de Justicia e Interior».
Según
denunció Povedano, la Junta incumple «sistemáticamente y sin rubor
alguno» los compromisos de pago establecidos con anterioridad, «bajo la
excusa de la necesidad de cumplimentar y entregar determinada
documentación por parte de los colegios de abogados andaluces».
Desde
su punto de vista, «la prestación de un servicio de calidad que
realizamos los abogados de oficio andaluces las 24 horas del día los 365
días del año, debe de conllevar, al igual que cualquier actividad
laboral, el correlativo derecho a una remuneración puntual».
Por
otro lado, denunciaron que están trabajando «sin contar con las más
mínimas prestaciones asistenciales públicas que le corresponderían a
cualquier ciudadano de pleno derecho, fundamentalmente la asistencia
sanitaria, además de haberse precarizado la prestación del servicio,
soportando los costes del mismo los abogados de su propio bolsillo».
La
concentración de ayer se celebró simultáneamente en Granada, Huelva,
Jaén y otros puntos de Andalucía, según informó el portavoz de los
letrados.
El
turno de oficio, del que forman parte unos 500 abogados en Córdoba,
supone una fuente de ingresos moderada para estos profesionales,
aunque, al mismo tiempo, es fundamental para los letrados jóvenes que
están empezando y aún no cuentan con la notoriedad y la cartera de
clientes que dan los años de experiencia.
Los
atrasos en los pagos no son una novedad. De hecho, los abogados de toda
la región ya han alzado la voz en más de una ocasión por el actual
sistema de financiación del turno de oficio.
Fuente: abc.es